El Real Decreto-ley 3/2016 publicado a primeros de diciembre de 2016 impide a partir del 1 de enero de 2017 la concesión de aplazamientos por parte de la Agencia Tributaria de los siguientes impuestos:

  1. Retenciones.
  2. Pagos fraccionados del impuesto de sociedades.
  3. IVA, salvo que no se haya cobrado ese IVA.

Otra novedad es la subida del salario mínimo interprofesional un 8% a partir el 1 de enero de 2017. El nuevo salario mínimo se sitúa en 707,60 euros mensuales por 14 pagas (equivalentes a 825,53 euros mensuales si se prorratean las 2 pagas extras).

Por otra parte, el Gobierno ya ha anunciado que se va a reducir de los actuales 2.500 euros a 1.000 euros el límite para facturas pagadas en efectivo. Esta medida no está en vigor a día de hoy.

Acceda al Real Decreto para conocer en profundidad las nuevas medidas tributarias.

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NOVEDADES FISCALES PARA 2017
Nuevas medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social.
Real Decreto- Ley 3-2016, de 2 de diciem[…]
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